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martes, 26 de abril de 2011

Acreditamiento de IDE vs ISR propio en el DeclaraSAT 2010

Estimados colegas:

Luego de una charla via messenger con mi amigo y colega CPC Miguel Chamlaty, en la cual discerniamos acerca del pequeño detalle detectado en el declarasat 2010 que tiene que ver con la imposibilidad de efectuar el acreditamiento del IDE contra el ISR propio, les comparto lo siguiente:

No es ninguna novedad que año con año al modificar el programa del declarasat para el llenado de la anual de personas físicas, siempre detectemos algún detalle que cambia respecto del año anterior, pues bien, ahora le tocó el turno al rubro del IDE en cuanto al acreditamiento contra el ISR propio se refiere, ya que es imposible hacerlo en el apartado correspondiente posterior al llenado de los datos generales del contribuyente y de acuerdo a la actividad o régimen de tributación específico a cada uno.

El conflicto analizado a la luz de la interpretación de la Ley del IDE, en lo que se refiere al orden de prelación del acreditamiento contra el ISR -establecido en dicha mecánica- y a su vez, al compararlo contra el llenado del programa declarasat, nos lleva a plantearnos la siguiente interrogante: ¿Como reportaremos el acreditamiento de IDE vs el ISR propio si no está habilitado el renglón específico dentro del rubro específico?, la respuesta si bien no resulta del todo técnica, es muy práctica (con la reserva del caso y de la opinión de la propia autoridad fiscal claro está) ya que en los datos relativos al anexo correspondiente del IDE hay un renglón que solicita: "otras disminuciones de IDE", en este campo, tal vez podemos reflejar el monto acreditado y especificar que es el acreditamiento contra el ISR propio. De la aplicación anterior, es donde tal vez podamos salvar el obstáculo detectado, sin embargo, aclaro también que no es una solución apegada a la estricta interpretación que debemos hacer del artículo 5 del CFF y de los artículos 7 y 8 de la LIDE.

Como medida de precaución, se recomienda que se tengan perfectamente amarrados los papeles de trabajo contra el llenado de la anual, ya que en caso de que la autoridad requiera aclaración respecto de este punto que comento, se pueda solventar sin problema alguno cualquier acto derivado de la mecánica del llenado del declarasat 2010 para este rubro en particular.

Al final de cuentas, nosotros no somos quienes elaboramos el software, sólo informamos y lo hacemos bajo nuestro leal saber y entender... 

Les adjunto una imagen del resumen donde se ve reflejado este pequeno detalle que discernimos Miguel y un servidor.

La pelota está en su cancha estimados colegas...

Un abrazo sincero

CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López
twitter: @gabriel_fiscal

p.s. En la imagen adjunta, si bien es cierto que se aprecia a simple vista que si existe un renglon para el acreditamiento del IDE vs ISR propio, intentente llenar o introducir un dato...


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